sábado, 31 de enero de 2009

Beneficios Marzo Contrato Colectivo.

GRATIFICACIÓN ANUAL (50%)

Corresponde pagar el 50% de un sueldo base mensual, en la última semana del mes de Febrero.

MATRICULA

La empleadora pagará a cada trabajador que acredite su matrícula en alguna institución de Educación Superior reconocida por el Estado, el equivalente a UF 3,7 en los meses de Marzo de cada año de vigencia de este convenio. Tratándose de Trabajadores que inicien sus estudios anuales durante el segundo semestre académico, esta asignación se pagara durante el mes de Agosto. En ningún caso esta asignación podrá ser cobrada dos veces durante un periodo de doce meses continuos.

ESCOLARIDAD

La empleadora pagará a cada Trabajador, en los meses de Marzo de cada año de vigencia de este Convenio Colectivo, por cada hijo y carga estudiante que dependa del trabajador y contra entrega del Comprobante de su Matrícula en un establecimiento reconocido oficialmente:

1. El equivalente a 1,6 UF por cada hijo que curse Kindergarden o Educación Básica.

2. El equivalente a 2,3 UF por cada hijo que curse Educación Media o Técnica.

3. El equivalente a 3,7 UF por cada hijo que curse Educación Superior o Diferencial.


No olvidar que todos estos bonos y la gratificación son imponibles.

No hay comentarios.: